Por qué el derecho internacional está del lado de Israel en el conflicto de Gaza

La guerra de Israel en Gaza es necesaria para la supervivencia nacional, y sus acciones militares asociadas afectan a los civiles palestinos debido a la perfidia palestina.

En un artículo de opinión publicado ayer en The Jerusalem Post, Louis René Beres —profesor emérito de Derecho Internacional en la Universidad Purdue, colaborador habitual en destacadas publicaciones jurídicas y estratégicas de Estados Unidos, Europa e Israel, y autor de numerosas obras sobre guerra, terrorismo y derecho internacional— sostiene que la guerra de Israel contra el terrorismo yihadista debe abordarse en dos planos interrelacionados pero distintos: el operativo (militar) y el jurídico (legal). Si bien ambos presentan una gran complejidad, enfatiza que el plano jurídico requiere con urgencia claridad conceptual y respaldo desde una jurisprudencia sólida, no desde posicionamientos políticos.

A continuación, ofrecemos un resumen con las ideas centrales del artículo:

Diferencias en la intención y en el derecho internacional

Se critica la equiparación entre el sufrimiento de civiles palestinos y el de los rehenes israelíes, ya que, según el derecho internacional humanitario, Hamás actúa con intención criminal (mens rea), mientras que Israel no tiene esa intención al atacar. El derecho internacional no obliga a los Estados a autodestruirse: Israel tiene derecho y deber de defenderse ante agresiones como las del 7 de octubre de 2023, que no estaban vinculadas con ninguna causa legítima de autodeterminación.

Israel como representante de la comunidad internacional

La lucha de Israel en Gaza, pero también en otros frentes (Yemen, Líbano, Siria, Cisjordania), se presenta como una defensa no solo nacional, sino global contra el terrorismo yihadista. En base al principio de ayuda mutua del derecho internacional, todos los Estados tienen la obligación de cooperar ante amenazas terroristas. El autor alerta del riesgo futuro de que grupos yihadistas usen armas químicas, biológicas o radiológicas.

Sobre la proporcionalidad y los crímenes de guerra

Una crítica habitual a Israel es la supuesta falta de proporcionalidad. Sin embargo, en derecho internacional, la proporcionalidad no exige simetría en los daños, sino que las acciones bélicas deben limitarse a lo necesario para alcanzar objetivos militares. Esta doctrina está codificada en normas como el Convenio de La Haya de 1907. Hamás, al atacar a civiles de forma deliberada y usar rehenes o escudos humanos, viola claramente estas normas.

Además, colocar activos militares entre civiles palestinos convierte esos daños colaterales en responsabilidad de Hamás, no de Israel. Estas tácticas de perfidia son prohibidas por los Convenios de Ginebra y el derecho internacional consuetudinario.

El problema de la autodeterminación y la intención genocida

El artículo sostiene que el objetivo de Hamás no es la autodeterminación palestina legítima, sino la destrucción del Estado judío. Esta intención está documentada desde el Plan por Fases de la OLP (1974), que plantea una estrategia en tres etapas para eliminar a Israel. Incluso Hamás considera a la OLP demasiado moderada. Esta intención genocida elimina cualquier legitimidad jurídica de sus acciones.

Riesgos existenciales para Israel

El autor señala que la principal amenaza para Israel ya no es una guerra convencional, sino un megaataque terrorista, con potencial uso de armas de destrucción masiva. Se recuerda que ya hubo intentos de atacar el reactor nuclear de Dimona, tanto por parte de Irak (1991) como de Hamás (2014). Estas amenazas requieren que Israel mantenga su capacidad de defensa.

Consideraciones finales

El derecho internacional permite la legítima defensa frente a enemigos genocidas y perfidos, como Hamás, cuya ideología mezcla religión, martirio y odio hacia los judíos. El uso de civiles como escudos y la celebración del martirio muestran una estrategia que instrumentaliza el sufrimiento palestino. Según el derecho internacional, los terroristas como Hamás son “enemigos de la humanidad” (hostis humani generis) y deben ser perseguidos en cualquier jurisdicción. Los Principios de Núremberg y la jurisdicción universal refuerzan esta obligación de castigo.

En resumen, Israel libra una guerra legal y necesaria frente a un enemigo exterminador. La comunidad internacional, según el autor, debe reconocer la naturaleza criminal de Hamás y dejar de equiparar sus acciones con las de un Estado que se defiende dentro del marco del derecho internacional.

Artículo completo en: https://www.jpost.com/opinion/article-856951

Asociación Asturiana de Amigos de Israel
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.